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EL SALVADOR: Juntas comunitarias no pagarán canon por uso de agua.



Las juntas comunitarias que estén inscritas en el Registro Nacional de Recursos Hídricos, de la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA), no pagarán cánones para el uso del agua, establece un reglamento especial de la institución, publicado en el Diario Oficial del 12 de diciembre pasado.


El artículo 7 del Reglamento Especial para la Determinación de Cánones por Uso y Aprovechamiento señala que la juntas de agua están exentas del pago de cánones, si cumplen ciertos requisitos: "tendrán un canon (asignado) con valor de cero dólares por cada metro cúbico de agua utilizado, siempre y cuando la totalidad del volumen del agua que usan sea para consumo humano".


Según el reglamento, si las juntas suministran el recurso hídrico "total o parcialmente" para usos diferentes al consumo humano, deberán pagar las tarifas correspondientes por el volumen de agua, indica el mismo artículo. Las juntas también deberán estar inscritas en el registro de la ASA, incluyendo organizaciones sin fines de lucro como asociaciones, fundaciones, las Asociaciones de Desarrollo Comunal (ADESCO) y asociaciones comunales.


Las juntas comunitarias deberán entregar a la ASA un acta de constitución que acredite que son "sin fines de lucro"; el punto de acta de elección de junta directiva; el acuerdo de otorgamiento de personería jurídica emitido en el municipio de donde pertenece la junta de agua o del Ministerio de Gobernación.


También entregarán la publicación de sus estatutos en el Diario Oficial, asiento de la inscripción de la organización social sin fines de lucro en el municipio de su domicilio según corresponda o del Ministerio de Gobernación; una copia de los estatutos aprobados de la ADESCO u organización social; el DUI y credenciales de quien ejerza la representación legal de la entidad, así como informar sobre el total de personas que reciben agua y definir qué tipo de uso dará al agua, ya sea superficial o subterránea.


Todos estos documentos deben ir acompañados de una solicitud de inscripción al Registro Nacional de Recursos Hídricos. La autónoma dará un plazo máximo de tres días hábiles para confrontar la información establecida en la solicitud y si hay observaciones, dará un plazo de cinco días para "subsanar".


Si no se aclaran las observaciones, la ASA podrá declarar inadmisible la solicitud de inscripción, pero la junta podrá iniciar de nuevo el proceso. En un plazo de tres días hábiles después de haber admitido la inscripción de la junta de agua, la ASA notificará que será admitida en el Registro Nacional.


Critican requisitos


El director de Incidencia de la Unidad Ecológica Salvadoreña (UNES), Luis González, indicó que los requisitos establecidos en el reglamento son "incongruentes".


"Les ponen más requisitos de los apoyos de los que pueden brindar. Antes de decir que si tienen finalidad lucrativa o no, un poco es de analizar cuáles son los costos que tienen las juntas comunitarias de agua para salir adelante, algo que no se hace. Es incongruente que se les ponga requisitos cuando ni siquiera se les reconoce previamente", dijo González.


También recordó que la junta directiva de la ASA no está completa, pues falta un representante de sociedad civil dedicado a la preservación del medio ambiente y los delegados de los organismos zonales de cuenca. González sostuvo que la autónoma debería nombrar a los representantes que faltan, antes de aprobar reglamentos o emitir permisos. Hasta la fecha, la institución ha aprobado al menos 10 permisos exploratorios para explotación de agua.


La ambientalista Amalia López indicó que el reglamento emitido por la ASA impone requisitos que incrementarán los gastos que tienen las juntas de agua y no aclara si pagarán cánones por vertidos, tal como lo establece la Ley General de Recursos Hídricos. "Este reglamento no les saca de problemas a las juntas de agua porque está imponiendo algunos requisitos que van a generar costos sin duda, en principio ir a inscribirse en Gobernación o la alcaldía siempre genera costos. Las juntas tienen sus propios costos de administración", dijo López.


El presidente de la ASA, Jorge Castaneda, dijo la semana pasada que "depurarán" algunas juntas de agua que, según él, no cumplen con los requisitos establecidos en la Ley General de Recursos Hídricos.


El 14 de diciembre pasado, Castaneda dijo en el oficialista Canal 10 que no hay un censo oficial sobre la cantidad de juntas de agua en el país.

"Se estima que son entre 2,500 y 2,900 juntas de agua. Muchas de ellas, en este proceso de inscripción al Registro Nacional de los Recursos Hídricos, que es algo establecido en la ley, pues se van a depurar porque hay juntas de agua que no cumplen con los requisitos de ley", dijo el funcionario.


Castaneda aseguró que hay algunas que se han "intentado hacer pasar como juntas de agua", pero a través de una evaluación financiera y legal han identificado "aquellas que realmente proveen servicios de agua y saneamiento esenciales a la población, que son sin fines de lucro, y aquellas empresas residenciales que se intentan aprovechar de este elemento".


La ASA se creó tras la aprobación, el 21 de diciembre de 2021, de la Ley General de Recursos Hídricos. Según el anteproyecto de presupuesto que presentó Hacienda a los diputados, para 2023 tienen asignados $17,370,341.


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FUENTE:

La Prensa Grafica

https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Juntas-comunitarias-no-pagaran-canon-por-uso-de-agua-20221220-0108.html


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