OSC proponen mejoras a la Ley Modelo de Sistemas Comunitarios de Agua y Saneamiento para LAC.
Varias Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que trabajan en agua y saneamiento en las zonas rurales y periurbana, luego del análisis a la propuesta de esta Ley Modelo a través de dos reuniones de trabajo, proponen sugerencias de mejoras al documento de esta Ley.
LEY MODELO DE SISTEMAS COMUNITARIOS DE AGUA Y SANEAMIENTO
SUGERENCIA DE MEJORAS
FORMULADAS POR LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL (OSC)
QUE TRABAJAN EN LA GESTIÓN COMUNITARIA DE AGUA Y SANEAMIENTO
(11 DE FEBRERO 2021)
1. INTRODUCCIÓN
Las organizaciones firmantes de este documento, que trabajamos en la gestión comunitaria del agua y saneamiento; y, en apoyo a este sector en Latinoamérica y el Caribe, expresamos nuestro reconocimiento al valioso esfuerzo de las instituciones[1] que impulsan la creación de la Ley Modelo sobre Sistemas Comunitarios de Agua y Saneamiento para su aplicación en Latinoamérica, con el objetivo de lograr el reconocimiento de la gestión comunitaria del agua y saneamiento, que contribuya a garantizar los derechos humanos, de los pueblos y las comunidades, al acceso al agua segura y al saneamiento en la región.
Aunque este Proyecto de Ley Modelo es una importante iniciativa que puede contribuir de manera significativa a la gestión comunitaria del agua y saneamiento, consideramos que el mismo debe recoger las aspiraciones de los líderes y lideresas de las Organizaciones Comunitarias de Servicios de Agua y Saneamiento (OCSAS) y de organizaciones que trabajan en este sector, con base a la praxis local que durante años se han venido realizando en los países de Latinoamérica y el Caribe.
Por lo expuesto y con la finalidad de contribuir a este proyecto de Ley Modelo sobre Sistemas Comunitarios de Agua y Saneamiento, proponemos en el presente documento varias recomendaciones de mejoras, como resultado del trabajo realizado en dos reuniones[2] de OSC, formuladas con base a las experiencias locales de los países participantes en estas reuniones.
2. RECOMENDACIONES DE MEJORAS
2.1. TÍTULO
RECOMENDACIÓN: Proponemos que en el título se cambie “Sistemas” por “Servicios”, quedando: Ley Modelo sobre Servicios Comunitarios de Agua y Saneamiento para Latinoamérica y el Caribe,
ARGUMENTO: el término “Sistemas” se vincula más con la infraestructura; sin embargo, el trabajo de los gestores y gestoras comunitarias va más allá de la infraestructura, es un “Servicio” de agua y saneamiento que se presta a la población, a través de organizaciones comunitarias de servicios de agua y saneamiento (OCSAS), coadyuvando a los Estados al cumplimiento del Derecho Humano al Agua y Saneamiento (DHAYS).
2.2. OBJETIVO:
RECOMENDACIÓN: Recomendamos en el objetivo incluir el término “fortalecimiento”
“El reconocimiento y fortalecimiento de los servicios comunitarios de agua y saneamiento para garantizar los derechos humanos de los pueblos y las comunidades al agua y al saneamiento...!
ARGUMENTO: El reconocimiento de los servicios comunitarios en agua y saneamiento es importante, pero es clave su fortalecimiento para lograr que los sistemas comunitarios sean sostenibles y eficientes y se cumpla con el Derecho Humano al Agua y Saneamiento (DHAyS) y los ODS6. Además, de esta manera la descripción del objetivo guardaría armonía con el contenido del documento de Ley Modelo.
2.3. BENEFICIARIOS
RECOMENDACIÓN: Además de los pueblos indígenas (pueblos originarios) como población beneficiaria de esta Ley, es necesario visibilizar a la población afrodescendiente, para que no quede marginada.
ARGUMENTO: En aspectos de grupos étnicos, el concepto indigenista es apropiado sin embargo para ser completamente incluyente, se debe incorporar a los grupos afro descendientes. En la región latinoamericana, la presencia de este grupo poblacional es bastante representativo y en ningún momento se identifican bajo el concepto indígena. En estas poblaciones afrodescendiente, una población importante se abastece de agua para consumo humano a través del trabajo de OCSAS.
2.4. RECONOCIMIENTO DEL DÍA DE LA GESTIÓN COMUNITARIA DEL AGUA
RECOMENDACIÓN: La Ley Modelo debe incentivas a que los parlamentos de los países reconozcan el 14 de septiembre, de cada año, como el Día de la Gestión Comunitaria del Agua y Saneamiento, como un primer paso de apoyo a la gestión comunitaria del agua y saneamiento, siguiendo el ejemplo realizado por la Asamblea Nacional de la República del Ecuador[3].
ARGUMENTO: En el IV Encuentro Latinoamericano de Gestión Comunitaria del Agua, realizado en San Bernardino, Paraguay, del 30 de Julio al 01 de Agosto del 2013, los gestores y gestoras comunitarios del agua y saneamiento propusieron que el 14 de septiembre sea considerado como el día de la gestión comunitaria del agua en Latinoamérica y el Caribe, en reconocimiento a su trabajo que lo han venido realizando de manera voluntaria durante años. El gobierno de Costa Rica (2016) y La Asamblea del Ecuador (2018) han reconocido este día.
2.5. FINANCIEROS
RECOMENDACIÓN: Es necesario fomentar que, en las políticas de los gobiernos y municipalidades, al menos el 10% de los presupuestos para agua y saneamiento para el sector rural y periurbano sea destinado para inversiones de fortalecimiento para las OCSAS.
ARGUMENTO: una gran parte de las comunidades donde viven pueblos indígenas y afro descendientes son muy pequeñas, lo cual afecta la sostenibilidad técnica-financiera de esto servicios comunitarios de agua, siendo necesario el contar con un apoyo financiero eficiente de las autoridades locales para el fortalecimiento y lograr servicios eficientes y sostenibles.
2.6. GENERALES
· En las definiciones se debe incluir la denominación de OCSAS (Organizaciones Comunitarias de Servicios de Agua y Saneamiento), que es un término aceptado y utilizado en el sector de la gestión comunitaria del agua en contexto de Latinoamérica y el Caribe.
· Sobre consulta previa a las comunidades originarias y afrodescendientes: éstas deben ser vinculantes y no solo de socialización, para que tengan un efecto positivo.
· El cuidado de las fuentes de agua: no solo es responsabilidad de las comunidades, es también responsabilidad de las autoridades nacionales y locales y la población en su conjunto.
· Sobre rendición de cuentas: la Ley Modelo solo se refiere a la rendición de cuentas de las comunidades. El documento Ley Modelo debe fomentar a que las autoridades nacionales y locales también deben rendir cuentas sobre: ¿Cuáles han sido sus aportes? para que los servicios comunitarios de agua y saneamiento sean sostenibles y eficiente, y que las poblaciones indígenas y afro descendientes tengan acceso al agua y al saneamiento conforme al DHAYS y a través de las OCSAS.
INSTITUCIONES FIRMANTES:
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[1] Parlamento Latinoamericano y Caribeño (PARLATINO), El Frente Parlamentario contra el Hambre de México (FPH), La Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), La Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID) La FAO en el marco del programa Mesoamérica sin Hambre,
[2] 1ra reunión: 30 de enero 2021; 2da reunión: 6 de febrero 2021
[3] La Asamblea del Ecuador en el 2018, reconoció el 14 de septiembre como el Día de la Gestión Comunitaria del Agua https://latinwash.wixsite.com/latinwash/post/d%C3%ADa-de-la-gesti%C3%B3n-comunitaria-del-agua-de-latinoam%C3%A9rica-y-el-caribe-su-historia
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Ver más información: Ley Modelo de Ssistemas de Agua y Saneamiento para Latinoamérica y el Caribe.
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